La NOM-051-SCFI/SSA1-2010 cambió las reglas del etiquetado de alimentos preenvasados en México. Si vendes alimentos o bebidas no alcohólicas en territorio nacional, tu etiqueta debe cumplir esta norma sin excepción. Esta guía te explica todo lo que debe llevar.
Qué cubre la NOM-051
La norma aplica a todos los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas que se comercialicen en México, ya sean nacionales o importadas. Su objetivo es proporcionar información clara sobre el contenido nutricional para que el consumidor pueda tomar decisiones informadas.
La actualización del 2020 introdujo el sistema de etiquetado frontal de advertencia, los famosos sellos negros, que cambiaron por completo el aspecto de las etiquetas en el supermercado.
Información obligatoria en toda etiqueta
Sin importar el producto, estos elementos son obligatorios:
- Nombre o denominación del alimento: debe describir la naturaleza real del producto.
- Lista de ingredientes: orden descendente por peso, incluyendo aditivos.
- Contenido neto: en unidades del Sistema Internacional.
- Nombre y domicilio fiscal del productor o importador.
- Lugar de origen: país de fabricación.
- Identificación del lote: con marcado claramente legible.
- Fecha de caducidad o consumo preferente: formato día, mes y año.
- Información nutrimental: tabla con valores energéticos y nutrimentos.
- Declaración de alérgenos.
Sellos frontales de advertencia
Esta es la sección que más cambió con la reforma. Si tu producto excede ciertos umbrales por cada 100 gramos o 100 mililitros, debe llevar uno o varios sellos negros octagonales en la cara frontal del envase.
Los cinco sellos posibles son:
- EXCESO CALORÍAS: productos sólidos con más de 275 kcal/100g, líquidos con más de 70 kcal/100ml.
- EXCESO AZÚCARES: más del 10% de la energía total proviene de azúcares añadidos.
- EXCESO GRASAS SATURADAS: más del 10% de la energía total.
- EXCESO GRASAS TRANS: más del 1% de la energía total.
- EXCESO SODIO: productos con 1 mg sodio por kcal o más, o más de 300 mg/100g.
Si el producto contiene edulcorantes o cafeína, debe llevar leyendas adicionales: CONTIENE EDULCORANTES, EVITAR EN NIÑOS y CONTIENE CAFEÍNA, EVITAR EN NIÑOS.
Diseño y dimensiones de los sellos
Los sellos no son decorativos. Tienen reglas estrictas:
- Forma octagonal, fondo negro, texto blanco en mayúsculas.
- Tamaño mínimo proporcional al área de la cara frontal del envase.
- Ubicación en el tercio superior derecho de la cara frontal.
- No pueden ser cubiertos, alterados o cambiados de color.
Si la cara frontal es menor a 40 cm², los sellos pueden colocarse en otra cara visible. Pero deben mantener proporción y legibilidad obligatorias.
Tabla de información nutrimental
La tabla debe estar presente en todos los productos preenvasados, salvo excepciones específicas como agua simple, sales, vinagres, especias y café puro.
La tabla debe incluir:
- Contenido energético en kcal y kJ.
- Proteínas, grasas totales (con desglose de saturadas, trans y monoinsaturadas).
- Hidratos de carbono disponibles, con desglose de azúcares y azúcares añadidos.
- Fibra dietética.
- Sodio.
- Cualquier otro nutriente declarado en publicidad.
Errores comunes que cuestan multas
La PROFECO realiza revisiones periódicas y estos son los hallazgos más frecuentes:
- Sellos de tamaño insuficiente para el área del envase.
- Sellos colocados en zonas no permitidas, como dentro de elementos gráficos.
- Falta de leyenda CONTIENE EDULCORANTES cuando aplica.
- Tabla nutrimental incompleta, especialmente azúcares añadidos.
- Declaraciones de salud no permitidas cuando hay sellos de exceso.
- Etiquetado en idioma extranjero sin traducción equivalente al español.
- Información de lote ilegible o ausente.
Etiquetas para productos importados
Los productos importados deben cumplir la NOM-051 con su etiqueta original o con etiqueta complementaria adherida. Las opciones son:
- Reetiquetado completo con producción local de etiqueta NOM-051.
- Etiqueta adherida sobre la original que cubra los datos no compatibles.
- Producción de la etiqueta original ya con cumplimiento mexicano (lo ideal).
El distribuidor o importador es responsable del cumplimiento. Las multas se aplican al titular de la marca en México.
Material recomendado para etiquetas alimenticias
El material debe resistir el ambiente del producto:
- Productos refrigerados o congelados: BOPP o poliéster con adhesivo de baja temperatura.
- Productos con humedad: BOPP transparente o blanco.
- Empaques con calor o pasteurización: poliéster con adhesivo térmico.
- Empaques secos estándar: papel couché o BOPP económico.
Cómo prepararte para el cumplimiento
Si lanzas un producto nuevo o vas a renovar etiquetas:
- Calcula los valores nutricionales con análisis de laboratorio acreditado.
- Determina si aplica algún sello de advertencia.
- Diseña la etiqueta con espacio reservado para los sellos desde el inicio.
- Verifica que la información cumpla todos los puntos de la lista obligatoria.
- Pide pruebas de impresión y verifica legibilidad real, no solo en pantalla.
- Documenta el proceso para auditorías futuras.
Conclusión
El etiquetado NOM-051 no es una formalidad. Es la cara legal de tu producto en el punto de venta y la vía principal de comunicación con el consumidor mexicano. Una etiqueta mal hecha puede frenar la entrada a cadenas de autoservicio o generar multas significativas.
En ETISA producimos etiquetas alimenticias con cumplimiento NOM-051 en todos los formatos. Si vas a lanzar un producto o necesitas renovar tus etiquetas actuales, cotiza con nosotros y te asesoramos en cumplimiento técnico y normativo.